El Consejo de la CMT analizó esa consulta y les ha dado el visto bueno para poder compartir la conexión Wifi entre los vecinos siempre que se mantengan los supuestos bajo la que presentaron su propuesta, entre ellos, el no ánimo de lucro, que la red WiFi a compartir esté adecuadamente protegida (no sea pública) y que el número de usuarios sea contenido. Un matiz muy importante es que, al contrario que las conexiones WiFi puramente públicas, en este caso todos los usuarios de la misma pagan una parte de la conexión a la operadora. Ya se advierte en la resolución que este caso tiene unas condiciones muy concretas y no puede extrapolarse a todas las situaciones que se nos ocurran.
Esta comunidad pretende compartir esa conexión vía WiFi y PLC, y lo conseguirán si logran superar una barrera seguramente más dura que la de la CMT: su operadora. Lo habitual es que la que nos provee de acceso a Internet nos prohiba en las condiciones que firmamos con ellos al contratar sus servicios el revender su servicio fuera del domicilio particular, aunque como suele pasar en cuestiones de términos y condiciones, la interpretación puede dar lugar a varias situaciones.
Vía | CMTBlog.
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